Inclusión a personas con discapacidad

Importante:

Es imprescindible como sociedad, garantizar que todo el mundo tenga las mismas oportunidades de participar en todos los aspectos de la vida al máximo de sus capacidades y deseos.

Incluir a personas con discapacidades en las actividades cotidianas y animarlas a que tengan roles similares a los de sus compañeros que no tienen una discapacidad es lo que se conoce como inclusión de personas con discapacidad. Esto implica más que simplemente animar a las personas; es necesario garantizar que haya políticas y prácticas adecuadas vigentes en una comunidad u organización.

Es por esto que en nuestro País se decretó una reglamentación que considera esta inclusión en el ámbito laboral.

Decreto N° 73/2019 – Reglamentación de disposiciones de la Ley N° 19691, que establece normas de promoción del trabajo en la actividad privada para personas con discapacidad

A partir de la ley N° 19.691 de 29 de octubre de 2018, se establece como norma la promoción del trabajo en la actividad privada para personas con discapacidad

Esto significa que los empleadores de la actividad privada que cuenten con 25 (veinticinco) o más trabajadores permanentes, en todo nuevo ingreso de personal producido a partir del 18 de noviembre de 2018, deberán emplear a personas con discapacidad (artículo 2° de la Ley N° 18.651 de 19 de febrero de 2010), que reúnan condiciones y la idoneidad para el cargo, en los siguientes porcentajes aplicados sobre la totalidad de sus trabajadores permanentes.
 

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